Consideraciones para la emisión del Complemento de Recepción de Pagos Buen día, como les informamos en un comunicado anterior, a partir de este mes ya se encuentra en vigor la obligatoriedad de la emisión del complemento de recepción de pagos (CRP). Ante ello, les compartimos información derivada de algunas de las interrogantes que están surgiendo por su implementación, esperando le sean de mucha utilidad. 1. ¿En qué momento debemos expedir un CRP de pagos recibidos? Se debe emitir un CRP cuando se realicen pagos ya sea en parcialidades o en una sola exhibición, pero que sea con posterioridad a la emisión de la factura que originó la relación comercial, es decir, si al momento de la emisión de la factura ya se realizó el pago, no se tiene que emitir un CRP. 2. ¿Debemos emitir un CFDI de complemento de pagos por cada depósito de cliente recibido? El CFDI de complemento de pagos puede contener varios pagos realizados por el mismo cliente durante un mismo me...
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