Consideraciones para la emisión del Complemento de Recepción de Pagos
Buen día, como les informamos en un comunicado anterior, a partir de este mes ya se encuentra en vigor la obligatoriedad de la emisión del complemento de recepción de pagos (CRP). Ante ello, les compartimos información derivada de algunas de las interrogantes que están surgiendo por su implementación, esperando le sean de mucha utilidad.
1. ¿En qué momento debemos expedir un CRP de pagos recibidos?
Se debe emitir un CRP cuando se realicen pagos ya sea en parcialidades o en una sola exhibición, pero que sea con posterioridad a la emisión de la factura que originó la relación comercial, es decir, si al momento de la emisión de la factura ya se realizó el pago, no se tiene que emitir un CRP.
2. ¿Debemos emitir un CFDI de complemento de pagos por cada depósito de cliente recibido?
El CFDI de complemento de pagos puede contener varios pagos realizados por el mismo cliente durante un mismo mes y se cuenta con un plazo máximo de 10 días naturales del mes siguiente al día en el que se recibió el pago para emitir el complemento. Esto quiere decir que si un cliente durante el mes nos realizó varios pagos a diversas facturas en distintas fechas, el CFDI de complemento de pagos, puede ser uno solo por todos los pagos recibidos durante ese mes. Cabe aclarar que si desean, pueden emitir un CFDI por cada pago recibido, sin embargo, se puede facilitar el emitir uno solo por cada cliente, en lugar de uno por cada pago recibido.
3. ¿Qué datos son obligatorios en el CFDI de cumplimiento de pagos?
No todos los datos en el complemento se deben de llenar. Estos son obligatorios: Tipo de comprobante: “P” (Pago), Uso del CFDI: “P01” Por definir , Clave de producto o servicio a 8 dígitos, Cantidad, Clave de unidad de medida, Descripción: “Pago”, Valor unitario e importe: “Cero”, Información del pago: Forma de pago, fecha de pago, moneda de pago y monto y Asociación del CFDI que se pagó.
4. ¿Es obligatorio contar con el CFDI de complemento de pagos para deducir y acreditar el IVA?
Si es obligatorio contar con el CFDI de pagos para deducir y acreditar el IVA.
5. ¿Todas las facturas emitidas deben contar con CFDI de complemento de pagos?
No. Si emito una factura que ya fue pagada con anterioridad a la fecha de expedición de esa factura, ese CFDI no llevará complemento de pago ya que en el propio cuerpo de la factura quedará constancia del método y forma de pago.
6. ¿Es obligatorio el campo de “uso CFDI” en el CFDI con complemento para recepción de pagos?
Sí, es obligatorio. Cuando se emita un CFDI con complemento para recepción de pagos, en el campo Uso de CFDI se debe registrar la clave razón, de que el Uso del CFDI quedo registrado en la factura emitida por el monto total de la operación.
7. Si emito una factura de tipo ingreso a partir del 31 agosto de 2018 o con anterioridad y el pago se recibe el 1 de septiembre de 2018, ¿Se debe emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos?
Sí, se debe emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos.
1. ¿En qué momento debemos expedir un CRP de pagos recibidos?
Se debe emitir un CRP cuando se realicen pagos ya sea en parcialidades o en una sola exhibición, pero que sea con posterioridad a la emisión de la factura que originó la relación comercial, es decir, si al momento de la emisión de la factura ya se realizó el pago, no se tiene que emitir un CRP.
2. ¿Debemos emitir un CFDI de complemento de pagos por cada depósito de cliente recibido?
El CFDI de complemento de pagos puede contener varios pagos realizados por el mismo cliente durante un mismo mes y se cuenta con un plazo máximo de 10 días naturales del mes siguiente al día en el que se recibió el pago para emitir el complemento. Esto quiere decir que si un cliente durante el mes nos realizó varios pagos a diversas facturas en distintas fechas, el CFDI de complemento de pagos, puede ser uno solo por todos los pagos recibidos durante ese mes. Cabe aclarar que si desean, pueden emitir un CFDI por cada pago recibido, sin embargo, se puede facilitar el emitir uno solo por cada cliente, en lugar de uno por cada pago recibido.
3. ¿Qué datos son obligatorios en el CFDI de cumplimiento de pagos?
No todos los datos en el complemento se deben de llenar. Estos son obligatorios: Tipo de comprobante: “P” (Pago), Uso del CFDI: “P01” Por definir , Clave de producto o servicio a 8 dígitos, Cantidad, Clave de unidad de medida, Descripción: “Pago”, Valor unitario e importe: “Cero”, Información del pago: Forma de pago, fecha de pago, moneda de pago y monto y Asociación del CFDI que se pagó.
4. ¿Es obligatorio contar con el CFDI de complemento de pagos para deducir y acreditar el IVA?
Si es obligatorio contar con el CFDI de pagos para deducir y acreditar el IVA.
5. ¿Todas las facturas emitidas deben contar con CFDI de complemento de pagos?
No. Si emito una factura que ya fue pagada con anterioridad a la fecha de expedición de esa factura, ese CFDI no llevará complemento de pago ya que en el propio cuerpo de la factura quedará constancia del método y forma de pago.
6. ¿Es obligatorio el campo de “uso CFDI” en el CFDI con complemento para recepción de pagos?
Sí, es obligatorio. Cuando se emita un CFDI con complemento para recepción de pagos, en el campo Uso de CFDI se debe registrar la clave razón, de que el Uso del CFDI quedo registrado en la factura emitida por el monto total de la operación.
7. Si emito una factura de tipo ingreso a partir del 31 agosto de 2018 o con anterioridad y el pago se recibe el 1 de septiembre de 2018, ¿Se debe emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos?
Sí, se debe emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos.
Atte.
Lavalle y Asociados
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