Tasas efectivas de ISR de grandes contribuyentes
El 8 de diciembre del 2020, el Diario Oficial de la Federación, publicó una nueva reforma en el Código Fiscal de la Federación en el artículo 33, 1er párrafo, fracción 1, inciso i, en el que se dieron a conocer parámetros para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) tales como contabilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de pago, manifestando lo siguiente:
Artículo 33
i) Dar a conocer en forma periódica y en general para los
contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta, parámetros de referencia
con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto
que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos,
contraprestaciones o márgenes de utilidad por la realización de sus actividades
con base en el sector económico o industria a la que pertenecen.
La difusión de esta información se hará con la finalidad de
medir riesgos impositivos. El Servicio de Administración Tributaria al amparo
de programas de cumplimiento voluntario podrá informar al contribuyente, a su
representante legal y en el caso de las personas morales, a sus órganos de
dirección, cuando detecte supuestos de riesgo con base en los parámetros
señalados en el párrafo anterior, sin que se considere que las autoridades
fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación. Dichos
programas no son vinculantes y, se desarrollarán conforme a las reglas de
carácter general que emita dicho órgano desconcentrado.
El 13 de junio del 2021, el portal del Servicio de
Administración Tributaria, publicó los primeros parámetros de referencia con
respecto a las tasas efectivas de impuestos para la medición de incumplimiento
de las disposiciones fiscales a 40 actividades económicas entre las que se
encuentran los sectores: comercio al por mayor, comercio al por menor, minero,
servicios financieros, industrias manufactureras, automotriz, farmacéutica,
etc. para los ejercicios fiscales del 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el patrón
de grandes contribuyentes.
¿Cómo se determina la tasa efectiva?
Dentro de la declaración anual del ejercicio
correspondiente, encontrarás el total de ingresos acumulables, dividirás el ISR
causado entre los ingresos acumulables del ejercicio:
ISR causado / ingresos acumulables = Tasa efectiva de
impuesto.
¿Cómo se establece la tasa efectiva del impuesto con la que
se determina si hay un mayor o menor riesgo impositivo?
El Servicio de Administración Tributaria agrupa a quienes practican la misma actividad económica manifestada en el Registro Federal de Contribuyentes, según predomine, la mayoría de sus ingresos y verificado a través de un análisis de información que se encuentra en la base de datos.
Cabe mencionar que, si la tasa efectiva de impuesto del
contribuyente está por encima del parámetro, será un contribuyente con menor
riesgo de ser auditado por el SAT; por tanto, si un contribuyente está por
debajo de las tasas, mayor es la probabilidad de ser auditado por la autoridad,
porque se reflejará que está pagando menos impuesto que las empresas que realizan
la misma actividad económica.
Si la tasa del impuesto representa un mayor riesgo
impositivo en uno o más ejercicios fiscales, podrá presentar declaraciones
anuales complementarias.
En el caso de que el contribuyente realice varias
actividades económicas, se comparará la tasa efectiva del impuesto
correspondiente con la actividad económica donde recibas mayores ingresos.
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