Tasas efectivas de ISR de grandes contribuyentes


El 8 de diciembre del 2020, el Diario Oficial de la Federación, publicó una nueva reforma en el Código Fiscal de la Federación en el artículo 33, 1er párrafo, fracción 1, inciso i, en el que se dieron a conocer parámetros para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) tales como contabilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de pago, manifestando lo siguiente:

Artículo 33

i) Dar a conocer en forma periódica y en general para los contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta, parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos, contraprestaciones o márgenes de utilidad por la realización de sus actividades con base en el sector económico o industria a la que pertenecen.

La difusión de esta información se hará con la finalidad de medir riesgos impositivos. El Servicio de Administración Tributaria al amparo de programas de cumplimiento voluntario podrá informar al contribuyente, a su representante legal y en el caso de las personas morales, a sus órganos de dirección, cuando detecte supuestos de riesgo con base en los parámetros señalados en el párrafo anterior, sin que se considere que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación. Dichos programas no son vinculantes y, se desarrollarán conforme a las reglas de carácter general que emita dicho órgano desconcentrado.

El 13 de junio del 2021, el portal del Servicio de Administración Tributaria, publicó los primeros parámetros de referencia con respecto a las tasas efectivas de impuestos para la medición de incumplimiento de las disposiciones fiscales a 40 actividades económicas entre las que se encuentran los sectores: comercio al por mayor, comercio al por menor, minero, servicios financieros, industrias manufactureras, automotriz, farmacéutica, etc. para los ejercicios fiscales del 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el patrón de grandes contribuyentes.

¿Cómo se determina la tasa efectiva?

Dentro de la declaración anual del ejercicio correspondiente, encontrarás el total de ingresos acumulables, dividirás el ISR causado entre los ingresos acumulables del ejercicio:

ISR causado / ingresos acumulables = Tasa efectiva de impuesto.

¿Cómo se establece la tasa efectiva del impuesto con la que se determina si hay un mayor o menor riesgo impositivo?

El Servicio de Administración Tributaria agrupa a quienes practican la misma actividad económica manifestada en el Registro Federal de Contribuyentes, según predomine, la mayoría de sus ingresos y verificado a través de un análisis de información que se encuentra en la base de datos.

Cabe mencionar que, si la tasa efectiva de impuesto del contribuyente está por encima del parámetro, será un contribuyente con menor riesgo de ser auditado por el SAT; por tanto, si un contribuyente está por debajo de las tasas, mayor es la probabilidad de ser auditado por la autoridad, porque se reflejará que está pagando menos impuesto que las empresas que realizan la misma actividad económica.

Si la tasa del impuesto representa un mayor riesgo impositivo en uno o más ejercicios fiscales, podrá presentar declaraciones anuales complementarias.

En el caso de que el contribuyente realice varias actividades económicas, se comparará la tasa efectiva del impuesto correspondiente con la actividad económica donde recibas mayores ingresos.

Es importante que, con esta reforma, los contribuyentes mantengan el adecuado control de su documentación, registros, declaraciones y cálculos de impuestos efectivos.

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